Para los efectos de esta ley, la ausencia o falta de residencia en el país no es causal que determine la pérdida de domicilio en Chile si la persona conserva, en forma directa o indirecta, el asiento principal de sus negocios en Chile.
Para los efectos de esta ley, la ausencia o falta de residencia en el país no es causal que determine la pérdida de domicilio en Chile si la persona conserva, en forma directa o indirecta, el asiento principal de sus negocios en Chile.
Una persona no pierde su domicilio en Chile solo por vivir o residir fuera del país, si mantiene su centro principal de negocios aquí.
El SII, según la Circular N°63 (2021), entiende que el domicilio se conserva mientras la persona siga generando ingresos o mantenga intereses económicos relevantes en Chile, aunque resida en otro lugar.
En simple:
Si tus negocios siguen en Chile, tu domicilio tributario también.
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